Por decisión del ministro de Educación de la Nación, Jaime Perczyk, se construirá en la ciudad de Chacabuco un edificio para la Universidad Tecnológica Nacional. El anuncio formal se realizó ayer con una reunión en la capital federal junto al ministro y otras autoridades. Participaron todos los dirigentes del peronismo chacabuquense y estuvieron representantes de la UTN. El Aula Chacabuco actualmente funciona con financiamiento de la Municipalidad de Chacabuco.
El convenio fue suscripto entre la UTN y el Ministerio de Educación de la Nación es por más de 1500 millones de pesos. La UTN estuvo represetntada en el acto administrativo por el rector Ruben Soro y el decano de la Facultad de San Nicolás y vicerrector de la UTN, Haroldo Avetta. Se edificará en terrenos recientemente cedidos por la administración nacional de los ferrocarriles.
Según lo firmado, la construcción se ejecutará por etapas. Una primera que comprenderá las aulas, laboratorios, oficinas y sanitarios en tres plantas, «con una superficie aproximada de 1.700 metros cuadrados y una inversión aproximada, a la fecha del presente, de PESOS SETECIENTOS SESENTA MILLONES ($ 760.000.000)». La segunda etapa abarcará la construcción de aulas, biblioteca, salón de actos, hall de ingreso, oficinas y sanitarios, con una superficie aproximada de 1.200 metros cuadrados y una inversión aproximada, a la fecha del presente, de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES ($ 538.000.000)».
La foto del encuentro mostró junto al ministro reunidos a los dirigentes de Chacabuco Julián Domínguez (exministro de Agricultura), Darío Golía (vicepresidente de Trenes Argentinos y concejal de Chacabuco) y la diputada provincial y dirigenta de La Cámpora, Micaela Olivetto. También acompañaron al ministro, el secretario de políticas universitarias, Oscar Alpa y la secretaría de cooperación educativa, Andrea García (exintendenta de Ameghino y exsecretaria del Ministerio de Agricultura cuando Domínguez lo ocupó la primera vez).
Estuvieron también por la UTN el representante en Chacabuco, Hernán Pannunzio y el profesor Lucas Bettoli. Participaron el exconcejal Tomás Domínguez y la actual concejala del Frente de Todos, Gabriela Belfortti.
Julián Domínguez, realizó declaraciones por el «trabajo del equipo directivo y docente de la UTN local«, y agradeció a quienes han «trabajado arduamente para hacer posible la construcción de esta nueva universidad«.
Para concretar este financiamiento antes se había realizado la donación de los terrenos en inmediaciones de la estación de ferrocarril, donde el actor clave fue el actual vicepresidente de la operadora ferroviaria, Darío Golía, para quien la propuesta «va a potenciar la zona y la interconexión con el sector industrial de Chacabuco«.
«Con su experiencia y dedicación, la UTN local garantizará la excelencia académica y la calidad de la enseñanza en la nueva universidad» expresó Tomás Domínguez.
«El Ministerio de Educación de la Nación se enorgullece de poder brindar esta oportunidad a los jóvenes de Chacabuco, y espera que esta nueva universidad se convierta en un centro de excelencia académica y un motor de crecimiento económico y social para la región» expresó el ministro Perczyk.
La Municipalidad de Chacabuco no participó en ninguna forma de la actividad y tampoco hubo una expresión pública del intendente con respecto a la firma del convenio.
Convenio
Entre el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, representado en este acto por su titular Licenciado Jaime PERCZYK, en adelante «EL MINISTERIO», con domicilio en la calle Pizzumo N° 935, Piso 1″, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL representada en este acto por su Rector, Ingeniero Rubén SORO, en adelante «LA UNIVERSIDAD», con domicilio en la calle Sarmiento N° 440; de la de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, denominadas en adelante «LAS PARTES», acuerdan celebrar el presente Convenio Marco, en adelante «CONVENIO», sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LAS PARTES, acuerdan que el objeto del CONVENIO es el de brindar colaboración en la ejecución de la obra «CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO PROPIO – EXTENSIÓN ÁULICA CHACABUCO», dependiente de la Facultad Regional San Nicolás – UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL –
SEGUNDA: LAS PARTES acuerdan que la obra citada en la cláusula precedente se ejecutará en DOS (2) Etapas, con arreglo al siguiente detalle:
PRIMERA ETAPA: Construcción de aulas, laboratorios, oficinas y sanitarios en TRES plantas, con una superficie aproximada de 1.700 metros cuadrados y una inversión aproximada, a la fecha del presente, de PESOS SETECIENTOS SESENTA MILLONES ($ 760.000.000).
SEGUNDA ETAPA: Construcción de aulas, biblioteca, salón de actos, hall de ingreso, oficinas y sanitarios, con una superficie aproximada de 1.200 metros cuadrados y una inversión aproximada, a la fecha del presente, de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES ($ 538.000.000).
TERCERA: LAS PARTES acuerdan que las especificaciones técnicas de ambas etapas de la obra, las condiciones de ejecución de los contratos y las particularidades de cada caso serán establecidas mediante Convenios Específicos.
CUARTA: LAS PARTES acuerdan que será de aplicación al CONVENIO MARCO y los Convenios Específicos que en su consecuencia se celebren, la Resolución Ministerial N° 2295 de fecha 16 de agosto de 2022 o la que en el futuro la reemplace
QUINTA: EL MINISTERIO se compromete a realizar el aporte financiero estimado en la CLÁUSULA SEGUNDA de conformidad con lo que surja de los Convenios Específicos que oportunamente se suscriban y en el marco de lo establecido por la citada Resolución Ministerial 2295/22 o en la que en el futuro la reemplace.
SEXTA: Cualquier modificación a los términos del presente CONVENIO MARCO será convenida mediante la firma de Adendas
SÉPTIMA: EL CONVENIO podrá ser dejado sin efecto o rescindido de común acuerdo o por cualquiera de LAS PARTES en cualquier momento, notificando fehacientemente la decisión a la otra parte, con una antelación mínima de TREINTA (30) días, y todos los efectos y consecuencias de la extinción del CONVENIO serán resueltos de común acuerdo. entre LAS PARTES.
OCTAVA: Para todos los efectos derivados del CONVENIO, LAS PARTES fijan su domicilio en los lugares descritos en el encabezado, donde serán válidas todas las notificaciones y comunicaciones que deban dirigirse entre sí, sometiéndose voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a los días del mes de abril de 2023.